Vecinos de El Pedregal bloquearon la carretera Tulancingo – Cuautepec pidiendo se respete elección de delegado

Vecinos de El Pedregal bloquearon la carretera Tulancingo – Cuautepec pidiendo se respete elección de delegado

Un grupo de vecinos bloquearon la carretera Tulancingo – Cuautepec, a la altura de la escuela Miguel Hidalgo, en El Pedregal, aproximadamente a las 8.30 de la mañana de este viernes, exigiendo respeto a la voluntad popular en la elección de delegados, pues consideran que hubo una presunta imposición por parte de las autoridades.

Ante esto, el municipio de Cuautepec, a través del Secretario Municipal, Admin Ramírez Ocadiz, y con presencia del director de gobernación en la Región, Rogelio Santos Hernández, dialogaron y lograron una minuta de trabajo, en la que se convocó a reunión para el próximo lunes 10 de noviembre, levantándose el bloqueo 10 minutos antes de las 10 de la mañana.

El municipio de Cuautepec, a través del área de comunicación social, informaron que ya existe una sentencia definitiva para este caso, dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH), por lo que se ha respetado dicha sentencia.

Detallaron que el 19 DE AGOSTO DE 2025, la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del H. Ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, sesionó a efecto de dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 43 último párrafo del Bando de Policía y Gobierno del municipio, a efecto de realizar el sorteo de relativo al género que habría de abanderar las candidaturas en las comunidades y barrios de Cuautepec de Hinojosa, Hidalgo, esa estipulación menciona:

“Para garantizar el principio de igualdad de género, la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del Ayuntamiento realizará el sorteo respectivo para determinar a qué comunidad corresponde Delegada o Delegado, tanto propietarios como suplentes.”

A raíz de ello, la Comisión en dicha sesión precisó la mecánica para la realización del sorteo de género, misma que obra en acta y que fue remitida al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo.

Se destaca que dicha acción atiende al principio de paridad de género en materia electoral, reconocido en el artículo 41 base I, de la Constitución y desarrollado por la Jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y que el sorteo celebrado por la Comisión Municipal lejos de constituir una irregularidad, es una acción afirmativa que se encuentra apegada a los principios de paridad de género, alternancia y certeza electorales porque evita prácticas discrecionales en la asignación de géneros, asegura la alternancia entre hombres y mujeres, y brinda certeza jurídica a la ciudadanía, al establecer reglas objetivas y previamente determinadas.

Posteriormente, el H. Ayuntamiento, en sesión de fecha 21 DE AGOSTO DE 2025, aprobó la convocatoria para la elección de Delegadas, Delegados, Subdelegadas y Subdelegados del Municipio, en la cual se contiene también el calendario de elecciones del mismo, en donde la elección relativa a la comunidad de El Pedregal acontecería el día domingo 21 DE SEPTIEMBRE DE 2025.

El día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2025, el C. Miguel Ángel Morales Ortega interpuso juicio electoral en contra de la convocatoria antes mencionada, aduciendo que la misma violentaba sus derechos político-electorales, en específico en lo siguiente:

“La parte actora impugna la negativa del Ayuntamiento para otorgar el registro para participar en la elección de delegadas, delegados, subdelegadas y subdelegados municipales de su localidad (El Pedregal), estimando una violación a su derecho a votar y ser votado; así como el contenido del acuerdo por el que se realiza el sorteo para la asignación de género, emitido por la Comisión de Gobernación, Bandos, Reglamentos y Circulares del Ayuntamiento, precisando que constituye violencia política por razón de género en su perjuicio, teniendo como resultado un menoscabo en el goce y/o ejercicio de sus derechos como hombre, ya que se basa en elementos de género (se dirige a una mujer por ser mujer) y existe un impacto diferenciado hacia los hombres, afectando desproporcionadamente a su género.”

Ante ello, el H. Ayuntamiento dio contestación en tiempo y forma con la emisión del informe solicitado por la autoridad electoral, adjuntándose para ello las pruebas.

Se destaca que llegado el día 21 DE SEPTIEMBRE DE 2025, el juicio electoral promovido por el C. Miguel Ángel Morales Ortega no había sido resuelto, ni existía medida precautoria alguna a efecto de suspender o no realizar la elección, razón por la cual la misma se llevó a cabo.

Con fecha 2 DE OCTUBRE DE 2025 fue notificado a las partes la SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA en dicho juicio electoral, en la cual se resolvió que “Se declaran infundados los agravios del actor del Juicio Ciudadano 069/2025, conforme a las consideraciones vertidas en la presente resolución.”, razón por la cual, los actos realizados en El Pedregal fueron convalidados, no omitiendo mencionar que el Tribunal Electoral reconoció la acción afirmativa en pro de las mujeres realizada por el Ayuntamiento, resolución QUE NO FUE IMPUGNADA y por lo tanto adquirió carácter de firme.

El día 9 DE OCTUBRE DE 2025, el H. Ayuntamiento sesionó a efecto de votar el ACUERDO POR EL CUAL PROPONE LA REPOSICIÓN DEL PROCESO PARA LA ELECCIÓN DE TREINTA Y TRES DELEGADAS, DELEGADOS, SUBDELEGADAS Y SUBDELEGADOS DE CUAUTEPEC DE HINOJOSA, HIDALGO 2025-2027, EMITIDO POR LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, BANDOS, REGLAMENTOS Y CIRCULARES, en la cual el órgano colegiado aprobó no incluir a la comunidad de El Pedregal en virtud del contenido de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral y notificada el 2 DE OCTUBRE DE 2025, además del escrito presentado por las personas virtualmente ganadoras de las elecciones celebradas en la dicha demarcación, solicitando se respeten los resultados emitidos en dicha elección.

Juan José Caballero